El 30 de mayo se celebra el Día Nacional de la Donación de Órganos, en conmemoración del nacimiento del hijo de la primera paciente que dio a luz después de haber recibido un trasplante en un hospital público.
Gabriela Hidalgo, Directora Medica del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante, expresó que «es muy importante seguir trabajando sobre la donación de órganos y tejidos. En este día celebramos la vida del que fue trasplantado».
Según datos oficiales, en Argentina 776 pacientes en lista de espera recibieron un trasplante de órganos y se realizaron 726 trasplantes de córneas en lo que va del año.
Hidalgo reveló que «afortunadamente se están recuperando los niveles de donación tras la baja que hubo en la pandemia y pero sin embargo se debe seguir trabajando para que aumente el caudal de donantes». En el sitio web oficial del INCUCAI (https://www.argentina.gob.ar/salud/incucai) indican que hasta el momento hay más de 7.000 pacientes en espera de un trasplante para salvar su vida, además remarcó que son cerca de 11.000 personas esperan ingresar
«Hoy tenemos la suerte de tener un sistema que funciona en Argentina y no existe la necesidad de ir a otro país para poder acceder a un trasplante», destacó Hidalgo. En cuando a los estudios previos a los trasplantes reconoció que «son lentos y demoran el ingreso a la lista de espera. Estamos trabajando para agilizar estos procesos».
Según indicó la Directora Medica del INCUCAI, «en la provincia todos los hospitales cabecera de cada departamento están perfectamente preparados para realizar un proceso de ablación».
LEY JUSTINA
El trasplante de órganos es una práctica médica que consiste en el reemplazo de un órgano o tejido que se encuentra enfermo o en una condición no funcional o perjudicial para el cuerpo humano.
Además, en esta misma fecha, pero de 2018, el Senado aprobó por unanimidad la llamada Ley Justina (27.447), que dispone que «toda persona capaz mayor de 18 años» es posible donante de órganos o tejidos, salvo que haya dejado constancia expresa de lo contrario. Tras la sanción de Diputados, se promulgó el 26 de julio de 2018.
Entonces, antes de hacer una ablación, los médicos deberán corroborar si el donante, en vida, informó su negativa.
Si bien en Argentina la figura del donante presunto existe desde 2005, por entonces se había consensuado que en caso de no existir voluntad expresa de la persona fallecida, se debía pedir un testimonio a la familia. El pedido de esa firma se traducía en un 40% de oposición a la donación.

¿Quiénes pueden ser donantes según la ley vigente?
La Ley 27.447 considera donante de órganos a toda persona mayor de 18 años que no haya dejado constancia expresa de su oposición.
No obstante, el marco normativo sigue habilitando a quienes deseen manifestarse en vida a favor de la donación puedan hacerlo.
Los canales para expresar la voluntad afirmativa o negativa hacia la donación son los siguientes:
- Desde la app Mi Argentina, creando una cuenta y validando previamente la identidad.
- Firmando un acta de expresión en el Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) o en los organismos provinciales de ablación e implante.
- Solicitando que quede asentado en el DNI cuando se realiza el trámite.
- Enviando un telegrama a través del Correo Argentino
- Avisando a las Autoridades Sanitarias Jurisdiccionales, a través de los organismos provinciales y de los establecimientos asistenciales públicos, privados, o de la seguridad social habilitados a tal fin.
El INCUCAI coordina con cada una de las instituciones habilitadas las acciones tendientes a registrar en forma inmediata las manifestaciones de voluntad receptadas, las que en ningún caso pueden tener costo alguno para el declarante.
Además, toda persona capaz mayor de 18 años puede en forma expresa:
- Manifestar su voluntad negativa o afirmativa a la donación de los órganos y tejidos de su propio cuerpo.
- Restringir su voluntad afirmativa de donación a determinados órganos y tejidos.
- Condicionar la voluntad de donar a alguno o algunos de los fines previstos en esta ley, implante en seres humanos vivos o con fines de estudio o investigación.
Según la normativa, en caso de fallecimiento de menores de 18 años, «la autorización para la obtención de los órganos y tejidos debe ser efectuada por ambos progenitores o por aquel que se encuentre presente, o el representante legal del menor». La oposición de uno de los padres elimina la posibilidad de llevar adelante la extracción.

