Este fin de semana, los mendocinos deben votar a su gobernador y vice, además de otros cargos provinciales y municipales; ¿de cuánto es la multa por no asistir a las urnas?

Las elecciones generales en Mendoza son este domingo 24 de septiembre. Durante la jornada, los mendocinos eligen a su próximo gobernador, además de otros cargos legislativos y municipales. En este contexto, muchos se preguntan qué pasa si no pueden votar ese día.

Cabe recordar que en la Argentina, los ciudadanos entre los 18 y 70 años tienen la obligación de sufragar en los actos electorales. Esto rige tanto para los comicios nacionales como los provinciales, por lo que aplica para la votación en Mendoza.

Cuál es la sanción para quienes no vayan a votar en la elección de Mendoza

La no emisión del voto en Mendoza tiene como consecuencia una sanción económica y una pena censora, a excepción de los casos en que el ciudadano pueda justificar su ausencia a las urnas por alguno de los motivos contemplados en el Código Electoral mendocino.

El artículo 112 de dicho código define las penas y multas en los casos en que se haya incumplido con la obligación de votar. “El elector que, sin causa legítima, dejase de emitir su voto en cualquier elección efectuada en el distrito donde se encuentre inscripto, será penado con la publicación de su nombre por la junta electoral, como censura por haber dejado de cumplir su deber electoral; y con una multa de 100 pesos”, se puede leer en la normativa, y añaden que, en caso de reincidencia, la multa será “del doble de la que se le haya impuesto por la infracción anterior”.

De acuerdo al artículo 113 del Código Electoral mendocino, si el ciudadano no asistió a las urnas por residir a más de 500 kilómetros de su lugar de votación, encontrarse enfermo o tener otro impedimento legítimo, no recibirá la pena estipulada por la ley. Sin embargo, deberá tener debidamente comprobado el motivo ante el juez o la autoridad competente.