DIPUTADOS DIO SANCIÓN DEFINITIVA AL NUEVO RÉGIMEN DEPORTIVO DE MENDOZA: QUÉ CAMBIA CON LA REFORMA


La reforma incorpora controles para quienes trabajan con menores y digitaliza el registro de actores del sistema deportivo.

La Cámara de Diputados dio sanción definitiva a la reforma de la Ley 6.457 de Ordenamiento del Deporte y la Recreación, una iniciativa presentada por el senador radical Eduardo Martín que actualiza diferentes aspectos de una normativa con más de tres décadas de vigencia.

Entre sus principales modificaciones aparecen la creación de un Registro Único Deportivo digital, una nueva conformación del Consejo Provincial del Deporte y Recreación y la exigencia de antecedentes penales para quienes desarrollen actividades deportivas con niños, niñas y adolescentes.

La reforma también introduce cambios en la Licencia Deportiva Especial, la distinción «Glorias Deportivas» y el régimen de sanciones para quienes representen oficialmente a Mendoza o a instituciones provinciales.

Un registro deportivo único y digital

Uno de los puntos centrales es la creación del Registro Único Deportivo de la Provincia de Mendoza (RUD), que funcionará dentro de la Subsecretaría de Deportes.

El RUD será el instrumento oficial para inscribir, identificar, sistematizar y mantener actualizada la información de las personas e instituciones que forman parte del sistema deportivo y recreativo provincial.

A diferencia del esquema vigente, basado en documentación física y legajos, el nuevo registro tendrá formato digital y estará integrado a la plataforma Mendoza por Mí. Para adecuar la legislación a este sistema, además, se derogan artículos de la Ley 6.457 relacionados con el anterior mecanismo de registro y documentación deportiva.

Durante el tratamiento en Diputados, el radical César Cattaneo explicó que el objetivo es reemplazar el sistema basado en el documento de identidad deportiva por un registro digital centralizado y reducir trámites administrativos.

Antecedentes penales para trabajar con menores

Otro de los cambios relevantes alcanza a las personas que desarrollan tareas deportivas con niños, niñas y adolescentes.

La nueva normativa establece que deberán presentar un certificado de antecedentes penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia que acredite que no registran condenas por determinados delitos contemplados en el Código Penal, principalmente aquellos relacionados con delitos contra la integridad sexual.

La exigencia también contempla los casos en los que exista una sentencia de primera instancia o una pena de cumplimiento en suspenso. Entre los trabajadores alcanzados se encuentran profesores, técnicos, instructores y monitores, además de otras personas que desarrollen las actividades comprendidas por la disposición.

Cambios en el Consejo Provincial del Deporte

La reforma mantiene al Consejo Provincial del Deporte y Recreación como órgano asesor y consultivo de la autoridad de aplicación, pero modifica su integración y funcionamiento.

El organismo será presidido por el subsecretario de Deportes e incluirá representantes de áreas de Salud, universidades públicas y privadas, municipios y diferentes entidades deportivas.

También incorpora representación de instituciones vinculadas con deportistas adaptados y paralímpicos. El Consejo deberá reunirse en sesiones ordinarias cada seis meses y tendrá un quórum de la mitad más uno de sus integrantes.

Entre sus funciones estará asesorar en la elaboración de planes, programas y proyectos; recibir propuestas provenientes de municipios, instituciones y deportistas; emitir recomendaciones no vinculantes y colaborar con políticas destinadas a promover el deporte, la recreación, la inclusión y el trato digno.

La nueva conformación generó uno de los reparos durante el debate. La diputada del PRO Stella Huczak acompañó la iniciativa, aunque señaló que no quedó suficientemente definido cómo será elegido el representante de cada distrito electoral que integre el Consejo.

La Unión Mendocina también respaldó la reforma. Su diputado Rolando Scanio indicó que durante la discusión se realizaron aportes vinculados con la incorporación de representantes del Poder Legislativo al Consejo Asesor y afirmó que recibieron el compromiso de contemplarlos en la reglamentación.

Licencias y «Glorias Deportivas»

La norma modifica, además, el régimen de la Licencia Deportiva Especial. Para acceder al beneficio será necesario presentar una certificación del evento en el que participará el deportista y acreditar la condición de deportista federado mediante documentación emitida por la institución deportiva correspondiente.

También cambia el procedimiento para otorgar la distinción «Glorias Deportivas», destinada a reconocer la trayectoria o los logros de deportistas, equipos, dirigentes, instructores, profesores y otras personalidades mendocinas destacadas en el ámbito provincial, regional, nacional o internacional.

La selección quedará en manos de la autoridad de aplicación, que deberá evaluar los antecedentes deportivos de los postulantes y resolver el otorgamiento del reconocimiento.

Nuevas sanciones por faltas a la ética deportiva

Otro de los artículos modificados es el referido a las sanciones por conductas consideradas una evidente falta de decoro o a la ética deportiva.

En el caso de deportistas que representen oficialmente a Mendoza o a instituciones de la provincia, la legislación establece la posibilidad de una inhabilitación por un plazo mínimo de un año. Para las personas que formen parte de una delegación sin desempeñarse como deportistas, la inhabilitación mínima será de dos años.

La iniciativa presentada por Martín recibió acompañamiento de los distintos sectores durante su tratamiento en Diputados. Además de la UCR y el PRO, anticiparon su respaldo La Unión Mendocina, el PJ y Fuerza Patria, tras el debate y los aportes realizados durante el recorrido legislativo.

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