Con las nuevas disposiciones sobre la flexibilización de la cuarentena traducida en la habilitación de distintas actividades comerciales y la reducción de circulación en un 50% se han establecidos nuevos cronogramas que dependen de la terminación del DNI para diferentes tramites.
En el caso de General Alvear, “a través del Decreto 653 se permitió habilitar el funcionamiento de comercios excepto gimnasios, iglesias, bares, boliches y restaurantes, el resto lo hará en los horarios establecidos”, explicó el Director de Inspección, Ing. Hugo Molina.
COMPRAS Y TRÁMITES
El Decreto imprime que de 8 a 18h los días lunes, miércoles y viernes pueden salir las personas con terminación de DNI 1, 2, 3, 4, 5. Los días martes, jueves y sábados aquellos cuyo DNI termine en 6, 7, 8, 9 y 0. Los domingos: Primer grupo: 8 a 14 h/Segundo grupo: 14 a 19 h.
CAMINATAS
Las personas que realicen estas actividades, deben seguir estas indicaciones:
- No alejarse más de quinientos metros de su residencia (domicilio fijado en DNI que deberán llevar al salir).
- Guardar una distancia mínima de dos metros entre peatones.
- Tener una duración máxima de una hora.
- Sólo realizar la actividad desde las 9 hasta las 19 h.
Asimismo, resulta fundamental destacar que estas salidas de esparcimiento, que también incluyen las compras diarias o semanales, podrán ser realizadas solo por quienes tengan DNI con terminación correspondiente al día asignado.
Personas con DNI terminados en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán salir días lunes, miércoles y viernes. Aquellos con terminación 6, 7, 8, 9 y 0 los días martes, jueves y sábados. Los domingos se dividirán: Primer grupo: 9 a 13h; Segundo grupo: 13 a 19h.
Ya que la caminata no puede exceder los 500 metros desde el domicilio que figura en el documento, Hugo Molina aconsejó que en caso de que no coincida por cualquier particularidad “pueden salir con un impuesto para comprobar el domicilio actual por más que sea distinto al del DNI”.
Al ser consultado por la simultaneidad de los días de caminatas y pagos de servicios, tramites y compras, Molina aclaró: “Lo más saludable es que no se mezclen, es decir, podrán salir a hacer los pagos o compras en un horario y luego hacer la caminata en otro horario”.
Respecto al servicio de trasporte, el Director explicó que “el interurbano en Alvear deberá rever e incrementar la cantidad de frecuencias obedeciendo a esta medida ya que al dividirse la comunidad en días por terminación de DNI, va a ser mayor la afluencia de gente que haga uso del transporte”.
EXPENDIO DE COMBUSTIBLE
La Asociación Mendocina de Expendedores de Nafta y Afines (AMENA) pidió a los trabajadores de estaciones de servicio de la provincia de Mendoza, solicitar el documento nacional de identidad o la declaración jurada correspondiente a los clientes que requieran cargar combustible.
PAGO DE IMPUESTOS
Los locales destinados a la cobranza de impuestos y servicios continuarán atendiendo por el momento con el mismo cronograma según la terminación de DNI. Es decir, que habrá ocasiones en donde no se corresponderá con los días estipulados para salidas recreativas o compras en comercios.
Es por eso que los usuarios de servicios de cobranzas (Rapipagos, Pago Fácil o similares), que necesiten salir de sus domicilios para cumplir con sus obligaciones (pago de impuestos provinciales y otros), deben respetar el esquema establecido por el Banco Central de la República Argentina (BCRA):
- Lunes: podrán concurrir los DNI terminados en 0 y 1
- Martes: los terminados en 2 y 3
- Miércoles: los terminados en 4 y 5
- Jueves: los terminados en 6 y 7
- Viernes: los DNI terminados en 8 y 9
Las personas deberán respetar, además, la medida dispuesta en el decreto provincial N° 518, en relación con el uso obligatorio de los elementos de protección facial (barbijo común o tapabocas con sujeción adecuada) para cubrir nariz, boca y mentón), en la vía pública e interior de los locales.
Una vez finalizado el trámite, deberán volver a sus casas si la terminación de su documento no se corresponde con la posibilidad de realizar compras o caminatas recreativas tal como establece el Decreto N°563.
MULTAS POR INCUMPLIMIENTO
Cualquier incumplimiento a las normas será causal de multa de 5.000 pesos para el infractor, $10.000 para el comercio o centro de atención privado y $50.000 para supermercados o hipermercados.
Adicionalmente, la falta de bolsa o recipiente adecuado para el levantamiento de las heces de mascotas, implicará una sanción equivalente al doble de la estipulada en este protocolo, independientemente de la sanción que pudiera corresponderle por infracción a normativa municipal.

