La iniciativa prevé que se inhabilite para conducir vehículos hasta 180 días a quien conduzca con 0,5 gramos de alcohol en sangre y hasta 0,99. Las multas llegarán a $72 mil, según los casos, y también podrán ser retenido el vehículo y la licencia de conducir. El Ejecutivo deberá promulgarla.
El Senado provincial aprobó este martes el proyecto de ley que busca incrementar las penas para las personas que conduzcan alcoholizadas. La propuesta fue aprobada por unanimidad, por lo que pasó al Ejecutivo para ser promulgada.
Recordemos que el proyecto de Ley del Poder Ejecutivo establece una serie de medidas para endurecer las sanciones a conductores ebrios, a través de modificaciones a la Ley de Seguridad del Tránsito (9024) y del Código Contravencional (9099).
¿QUÉ ESTABLECE LA NORMA?
– Quienes conduzcan con más de 0,5 mg de alcohol en sangre y hasta 0,99mg serán sancionados bajo la órbita de la Ley de Seguridad Vial. Las multas irán de 3.000 a 6.000 Unidades Fijas (actualmente corresponden a los valores que van de $36.000 a $72.000). Las sanciones incluirán inhabilitación para manejar (de 30 a 180 días), sustracción del vehículo y de la licencia.
– Cuando se supere 1mg de alcohol en sangre, las sanciones serán contravenciones. La inhabilitación para conducir irá de 60 a 360 días, las multas económicas serán de 4.000 a 9.000 Unidades Fijas (de $48.000 a $108.000) y se podrán aplicar hasta 30 días de arresto.
