El intendente Walther Marcolini se reunió Sergio Moralejo, el Director Ejecutivo del Fondo para la Transformación y Sergio Morbidelli Subdirector de Fideicomiso, para anunciar líneas de financiamiento y beneficio para los productores agrícolas-ganaderos.

Sergio Moralejo afirmó “Hay 200 millones de pesos para malla antigranizo y riego, además otro beneficio seria que el productor que tenga 10 hectáreas cultivadas va a pagar el 1.5%, y el que tenga 30 hectáreas pagará un 6% anual y el plazo es a 10 años, algo que supera las expectativas.”

Además Moralejo aclaró “Lo que queremos es generar un plan para eliminar la estructura del subsidio, para pasar a una solución de fondo. El Fondo para la Transformación está capitalizado los productores se pueden acercar y tomar un crédito a tasa prácticamente nula porque los fondos están disponibles.”

Los interesados deberán presentar ante dicho organismo la siguiente documentación:

– Planos aprobados por la Municipalidad que corresponda.
– Anexo A del Reglamento de Condiciones Particulares de la LC debidamente integrado y suscripto.
– En caso de inversiones edilicias memoria descriptiva de la obra civil a realizar.
– Factibilidad del Área de Turismo de la Municipalidad que corresponda en caso que así lo requiriera el Ministerio de Turismo de la Provincia de Mendoza.
– Planilla comparativa de las inversiones edilicias del proyecto en relación con las exigidas en la Res. Nº 568/7 del Ministerio de Turismo.
– Código N° 785 (se puede adquirir en Banco Nación o Bolsa de Comercio).

ANÁLISIS DE RIESGO CREDITICIO
No se solicita presentación de documentación contable cuando el saldo de capital adeudado a la Administradora más el monto de financiamiento solicitado sea un importe igual o inferior $ 120.000

GARANTÍAS
-Hipotecarias
-Fianzas extendidas por una entidad financiera
-Fianzas y/o avales extendidos por una SGR
-Prendarias
-Warrants
-Otras garantías que evalúe el FTyC

Cuando el plazo de gracia sea mayor al año, las garantías serán: Fianza extendida por SGR, fianza extendida por entidad financiera y/o hipoteca. En el caso hipotecas, la relación de cobertura establecida entre el VNR del inmueble ofrecido en garantía y el monto del crédito a acordar deberá ser al menos del 200%.

 

 

 

F.R