La Suprema Corte ratificó hoy por 5 votos contra 2 que no llamará a una audiencia pública antes de tomar una decisión sobre la constitucionalidad de la ley 7722, que prohíbe el uso de ciertas sustancias químicas -entre ellas el cianuro- en la actividad minera.

El mes pasado el máximo tribunal se había pronunciado en plenario en contra de la convocatoria popular por 4 votos contra 3. Los afirmativos fueron de los jueces Mario Adaro, Omar Palermo y Jorge Nanclares, mientras que los negativos correspondieron a Alejandro Pérez Hualde, Herman Salvini y Julio Gómez.

El resultado sin embargo generó polémica ya que una Acordada de 2013 dispone que la audiencia pública puede convocarse con 3 votos positivos. Sin embargo los miembros del máximo tribunal provincial aclararon que esa disposición aplica solo a las decisiones de cámara y no a los plenarios, en los que hay 7 votos.

Ante la discusión sobre el tecnicismo, el fiscal de Estado, Fernando Simón, pidió al procurador de la Corte, Rodolfo González, que convocara a una votación para que el tribunal ratificara su posición respecto de la pertinencia de convocar a la audiencia pública.
Así fue que esta mañana el plenario volvió a volcarse por el no con 5 votos en contra y 2 a favor. Fuentes del tribunal explicaron que en este caso Nanclares se volcó por la negativa ya que la tendencia por el rechazo era irreversible y volver a sumar 3 adhesiones podría reavivar la polémica.

Las asociaciones ambientalistas esperaban que en esta segunda votación los jueces se volcaran a favor de su postura de abrir una gran audiencia pública en la que los mendocinos pudieran expresar su postura ante la polémica ley 7722.

El tribunal se encamina ahora a tomar una decisión sobre el planteo de inconstitucionalidad que presentó una empresa minera poco después de sancionada la norma, hace más de 8 años. La Corte espera tomar una decisión antes de la feria judicial de enero, aunque hasta el momento no hay precisiones sobre la fecha posible.

Fuente: MDZ ONLINE