Contempla un protocolo a cumplir para la entrada de limones y naranjas con tratamiento cuarentenario. Qué decidió respecto a las infracciones y multas.
Qué dice el nuevo protocolo
El nuevo reglamento establecido por Senasa fija condiciones puntuales para la circulación de naranjas y limones a las reconocidas como Áreas Libres de la plaga, que mientras estuvo restringida impactó en los precios de los cítricos. Puntualmente los oasis Centro y Sur de Mendoza, además de la Patagonia.
Los 4 orígenes reconocidos para permitir el transporte de cítricos son:
- Centro de Tratamiento Cuarentenario habilitado en el marco de la Resolución Nº 472 del 24 de octubre de 2014 del Senasa, o la que «en el futuro la modifique o reemplace».
- Punto de Control Fronterizo para fruta fresca cítrica importada, libre de Mosca de los Frutos.
- Establecimiento inscripto y/o habilitado en Oasis Norte y Este de la provincia de Mendoza, «que dé cumplimiento a los requisitos de resguardo fitosanitario» establecidos por la Dirección Nacional de Protección Vegetal del Senasa desde diciembre de 2016.
- Operador comercial (“puesto”) inscripto por Senasa y que esté situado en Mercado Mayorista o Mercado Concentrador (ferias) situado en los Oasis Norte y Este de Mendoza.
En este caso, el operador deberá cumplir con los requisitos de «resguardo fitosanitario» de la fruta según el procedimiento operativo “Protocolo de trazabilidad y resguardo de fruta fresca cítrica hospedante de mosca de los frutos (Ceratitis capitata) en dichas zonas.
Productos importados
Al mismo tiempo, para la fruta que proviene del exterior Senasa dispuso al menos 3 medidas:
- Que se transporten en el mismo medio en que arribaron al país.
- Trasvasarse en forma directa a otro medio de transporte en un sitio de transferencia autorizado, con medidas de resguardo y con verificación oficial del Senasa, aunque en este caso, no se permitirá su almacenamiento.
- Si se trasladan desde un establecimiento inscripto o un operador comercial de mercado concentrador, las cargas podrán ser almacenadas.
Además, la resolución fijó que los envases con fruta cítrica hospedante salidos de un Centro de Tratamiento Cuarentenario (CTC) debe contar con una identificación o etiqueta que asegure fue tratada en el correspondiente CTC.
