La tarifa social permite pagar un precio más bajo por los servicios, ya sea energía eléctrica o gas natural, a aquellas personas que acrediten alguno de los siguientes requisitos:
-Jubilados o pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos vitales y móviles.
-Trabajadores “monotributistas” inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo vital y móvil.
-Beneficiarios de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el salario mínimo vital y móvil.
-Titulares de programas sociales.
-Usuarios inscriptos en el Régimen de Monotributo Social.
-Usuarios incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico.
-Usuarios que perciben seguro de desempleo.
-Titulares de Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
-Usuarios que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
-Titulares (o uno de sus convivientes) que padezcan una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.
A.C
