La Suprema Corte falló a favor del decreto del gobernador Alfredo Cornejo y ratificó el límite a las reelecciones de los intendentes.

El máximo tribunal rechazó el pedido de inconstitucionalidad presentado por los intendentes peronistas Emir Félix (San Rafael), Roberto Righi (Lavalle), Martín Aveiro (Tunuyán) y Jorge Giménez (San Martín).

La decisión de la Corte, tuvo un resultado ajustado: 4 a 3. Jorge Nanclares, José Valerio, Dalmiro Garay y Pedro Llorente avalaron la decisión del gobernador, mientras que Omar Palermo, Mario Adaro y Julio Gómez se pronunciaron a favor del reclamo de los intendentes.

De todas formas, los cuatro podrán competir por sus reelecciones este año porque el conflicto judicial llegó después de que se iniciara el calendario electoral 2019. No podrán volver a presentarse dentro de cuatro años en caso de ganar sus comicios municipales.

El origen del conflicto

La disputa legal entre los cuatro intendentes peronistas y el Gobierno provincial tiene su origen en noviembre de 2018, cuando el gobernador Alfredo Cornejo publicó un decreto que promulgaba una enmienda constitucional votada en 2009. Allí se planteaba una reforma al artículo 198 de la Constitución de Mendoza para eliminar las reelecciones indefinidas de intendentes y limitarlas a una sola consecutiva.

Posteriormente los jefes comunales de San Rafael, San Martín, Tunuyán y Lavalle, todos peronistas que venían de una o varias reelecciones, tomaron la decisión de desdoblar las elecciones municipales en sus departamentos.

Paralelamente presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante la Sala II de la Corte contra el decreto de Cornejo para que se los autorizara a presentarse por un nuevo mandato. El principal argumento que esgrimieron fue que la enmienda del 2009 no había alcanzado la mayoría de votantes requerida por la Carta Magna mendocina y aclarada en un fallo del máximo tribunal de la década del 80.

Esto desencadenó una serie de cruces legales y discursivos entre el gobierno de Cornejo y el peronismo, entre ellos una cautelar presentada por los intendentes que los habilitó a inscribir sus precandidaturas.

A.C.