El vacío regulatorio en torno a las nuevas formas de micromovilidad urbana ha ingresado formalmente a la agenda parlamentaria de Mendoza.
Ante la proliferación desproporcionada de vehículos eléctricos que circulan por las vías públicas sin un marco de control unificado, se debate una reforma integral que busca readecuar la Ley de Tránsito provincial a las dinámicas del siglo XXI.
La iniciativa legislativa propone exigir un carnet habilitante a quienes operen dispositivos de movilidad personal dotados de motor, estableciendo límites de velocidad, restricciones de edad y un régimen sancionatorio efectivo.
El diputado provincial sanrafaelino Gustavo Perret (PJ) fundamentó la necesidad de aplicar un criterio preventivo antes de que el auge de estas tecnologías sature la capacidad de control de los municipios y describió las responsabilidades que asumirán los adultos a cargo de los menores que utilicen estos rodados.
De la reducción de edad en licencias al vacío de la micromovilidad
El proyecto legislativo no surgió de forma aislada, sino como un desprendimiento técnico tras analizar las normativas federales que habilitan a los jóvenes a insertarse de manera anticipada en el parque automotor. «Para comprender el origen de este proyecto hay que hacer un poco de historia reciente. En los primeros días de marzo de 2026 se conoció una legislación nacional que reducía la edad mínima para obtener las licencias de conducir.
En base a ese nuevo parámetro federal, junto a mi grupo de trabajo diseñamos una propuesta para adecuar las edades en la provincia, fijando el límite a los 16 años para motocicletas, a los 17 años para vehículos particulares y a los 18 para camiones profesionales.
Fue en el marco de ese debate donde advertimos que existía una orfandad regulatoria absoluta respecto a los monopatines eléctricos. Si bien es cierto que la Ley 9.333 les otorga un reconocimiento tangencial bajo la denominación de ‘dispositivos de movilidad personal’, la realidad fáctica ha desbordado por completo la norma escrita», dijo Gustavo Perret a FM Vos 94.5.
«Hoy vemos una variedad inmensa de rodados que van desde los monopatines tradicionales hasta modelos con ruedas paralelas, monorruedas, cuatriciclos eléctricos o unidades que incorporan un asiento similar al de una motocicleta», comparó.
El riesgo de la velocidad y el principio de prevención vial
La justificación de la norma radica en la disparidad técnica de los equipos disponibles en el mercado y las conductas temerarias que se observan a diario en los centros urbanos densamente poblados. «El uso de estos dispositivos está experimentando un auge considerable que consideramos sumamente positivo, ya que constituye una alternativa económica, no contamina y resuelve los graves problemas de estacionamiento en las grandes urbes. Sin embargo, las leyes de tránsito tienen como fin único y específico la prevención de siniestros, y no podemos ignorar lo que ocurre en la calle. Es habitual ver que circulan en contramano, transitan por las veredas desprotegidos y sin casco, o se desplazan a velocidades peligrosas», señaló Perret.
«La velocidad máxima permitida para este tipo de dispositivos es de 25 kilómetros por hora, pero actualmente ingresan al mercado modelos capaces de alcanzar los 70 kilómetros por hora, sin que existan restricciones expresas para su circulación en rutas o autopistas. No legislar sobre una actividad que crece de manera desproporcionada sería un error grave. Los accidentes y los atropellos a peatones ya son una realidad constatable en la vía pública», aseveró.
«El objetivo no es entorpecerle la vida a los ciudadanos ni atentar contra un medio de transporte eficiente. De hecho, quienes ya posean una licencia de conducir vigente no deberán realizar ningún trámite ni examen adicional, puesto que ya demostraron ante el Estado su idoneidad técnica y su conocimiento de las normas viales. La exigencia se enfoca en aquellos conductores que carecen de registro. Proponemos incorporar este esquema bajo la licencia básica Clase A —la misma que se otorga para los ciclomotores de menor cilindrada— y estipular que el trámite esté acompañado por una autorización expresa de los padres o tutores», comentó.
«Debemos recordar que los representantes legales son civilmente responsables por las acciones de los menores hasta los 18 años, y con las reformas vigentes en materia penal, la imputabilidad se ha fijado a partir de los 14 años. En los tiempos que corren, resulta esencial que los jóvenes comprendan los riesgos y las precauciones de compartir el tránsito mediante la obtención de la licencia de conducir», destacó.
Diferencias operativas con el ciclismo tradicional y el debate impositivo
Ante los cuestionamientos sobre por qué no aplicar la misma exigencia de patentamiento o registro a las bicicletas comunes o de asistencia eléctrica, el autor de la norma marcó una línea divisoria basada en la motorización autónoma y las herramientas de sanción vigentes. «Es erróneo cruzar conceptualmente la situación de los monopatines con la de las bicicletas comunes. El método sancionatorio para el ciclismo tradicional existe plenamente en la normativa vigente de Mendoza: si un oficial de policía constata que un ciclista cruza un semáforo en rojo, circula en contramano o mantiene una conducta temeraria, tiene la facultad legal de frenarlo, labrarle un acta de infracción e incluso secuestrarle el rodado. El problema operativo radica en que no disponemos de previsiones de control específicas para estos nuevos dispositivos que cuentan con motores autónomos de gran potencia», diferenció el legislador.
«Está ingresando al país una cantidad inmensa de este tipo de tecnología. Si no le damos un marco regulatorio urgente para asegurar una convivencia urbana sana, nos enfrentaremos a corto plazo a una situación incontrolable y desregulada. La intención es preventiva; ya hemos visto las consecuencias trágicas del descontrol de la micromovilidad en metrópolis como Barcelona o en diversos países del Caribe», agregó.
Estado parlamentario: el desafío de romper la inercia oficialista
El proyecto inició formalmente su recorrido institucional en la Legislatura mendocina, ingresando en una de las comisiones de mayor peso técnico donde se buscará unificar criterios regulatorios. «No pretendemos ser futuristas ni legislar sobre patinetas o patines comunes. Nos basamos estrictamente en lo que ocurre hoy en las grandes capitales del mundo y entendemos que Mendoza debe darse la oportunidad histórica de actualizar una Ley de Tránsito que ha quedado vieja y desactualizada. Hay que animarse a poner estos temas sobre la mesa para dotar a la sociedad de un marco superador que proteja la calidad de vida de los peatones y de los propios conductores. El proyecto ingresó formalmente a la Legislatura la semana pasada y, durante la última sesión ordinaria de este miércoles, fue derivado de forma oficial a la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC), donde deberá iniciarse su tratamiento técnico», contó Perret.
«Sabemos perfectamente que en la dinámica política actual de la provincia es bastante complejo que el oficialismo preste conformidad para tratar los proyectos que emanan desde las bancadas de la oposición. No obstante, esta iniciativa en particular ha despertado un interés lo suficientemente profundo en la opinión pública como para obligar a ponerla sobre la mesa de debate. Es un reclamo concreto de los ciudadanos que caminan por el centro y se ven incomodados por el libre albedrío con el que se desplazan estos vehículos motorizados. Trabajaremos en la comisión con la firme expectativa de que prime el mejor criterio y que, mediante el aporte de todos los bloques legislativos, se logre construir una ley de tránsito moderna, robusta y eficiente para resguardo de todos los mendocinos», completó.
