En marzo comenzará el plazo para enviar la declaración jurada a la AFIP y en junio tendrá que abonarse el pago correspondiente.

La AFIP publicó este jueves las resoluciones que definen los pasos a seguir para pagar Ganancias sobre la renta financiera. Allí se establece que en marzo arrancará el plazo para enviar la declaración jurada al organismo fiscal en junio tendrá que abonarse el pago correspondiente.

Este gravamen alcanza a las ganancias obtenidas por los intereses de plazos fijos, títulos públicos (bonos, Lecap, Letes), acciones extranjeras, Fondos Comunes de Inversión, Obligaciones Negociables e incluso criptomonedas. Lo único que queda exento son las cajas de ahorro, las acciones locales y la ganancia cambiaria por tenencia de dólares.

El impuesto se paga recién a partir de una ganancia de $ 66.917,91 para 2018. Ese valor subirá a $ 104.735,77 para 2019 y se actualizará por el índice de Precios al Consumidor (IPC) cada octubre. Quienes superen ese monto abonan un 5% por sobre las inversiones en pesos y un 15% si son en dólares o indexadas por UVA (Unidad de Valor Adquisitivo) o CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia).

Para cumplir con la AFIP los contribuyentes alcanzados por este tributo tendrán que preparar una declaración jurada adicional a la que presentan habitualmente para el pago de Ganancias y de Bienes Personales. El trámite podrá hacerse digitalmente.

En estas resoluciones se establece que los bancos  y otras entidades financieras, como los agentes de compensación y liquidación registrados ante la Comisión Nacional de Valores, se encargarán de calcular cuál es la ganancia que sus clientes han obtenido y de comunicarles esta información tanto a ellos como a la AFIP.

F.B.