NUEVA LEY DE ARBOLADO EN MENDOZA: QUÉ PODAS ESTÁN PROHIBIDAS Y LAS MULTAS QUE PUEDEN LLEGAR A $9 MILLONES.


El Gobierno de Mendoza reglamentó la nueva normativa de Arbolado Público. Establece nuevas reglas para podas y erradicaciones, obliga a plantar al menos tres ejemplares por cada árbol extraído y endurece las sanciones por intervenciones no autorizadas.

El Gobierno de Mendoza reglamentó la Ley de Arbolado Público y puso en marcha un nuevo esquema para la conservación, poda, erradicación y reposición de árboles en toda la provincia. Los particulares no podrán podar, talar ni manipular por cuenta propia los ejemplares ubicados en el espacio público.

El nuevo esquema también redefine las responsabilidades de los municipios, establece condiciones para las obras que afecten árboles, crea un registro provincial único y fija un régimen de infracciones que puede derivar en multas de hasta 15.000 Unidades Fijas (UF), hoy equivalente a $9 millones para las faltas consideradas muy graves.

Los municipios, en tanto, conservarán la jurisdicción exclusiva sobre calles, avenidas, plazas y paseos públicos y serán responsables de las tareas de conservación y control, además de fiscalizar a particulares y aplicar las sanciones correspondientes dentro de sus territorios.

Además, cada comuna deberá presentar cada cuatro años un Plan de Manejo Integral del Arbolado Público, que incluirá programas de riego, poda, sanidad, extracción, reemplazo, emergencias y reforestación.

Los vecinos no podrán podar los árboles de la vía pública

Este es uno de los aspectos de mayor impacto cotidiano de la reglamentación. El mantenimiento, la poda, erradicación y manipulación del arbolado público queda reservado exclusivamente a las autoridades competentes. Por lo tanto, los particulares no están autorizados a intervenir directamente sobre los árboles de calles, veredas o espacios públicos.

Los vecinos sí podrán dar aviso ante problemas como falta de riego, presencia de plagas o enfermedades, anomalías en el crecimiento o malas prácticas realizadas sobre los ejemplares.

Las denuncias podrán efectuarse a través de la plataforma oficial correspondiente, correo electrónico o los servicios institucionales de mensajería como WhatsApp.

¿Cuándo se podrá sacar un árbol en Mendoza?

La reglamentación también determina bajo qué circunstancias podrá autorizarse la erradicación de un árbol.

Entre las razones admitidas aparecen la muerte o decrepitud irreversible del ejemplar; una inclinación crítica que comprometa su estabilidad; daños irreparables sobre redes de agua, gas o cloacas; afectación estructural de cimientos o muros; enfermedades incurables que amenacen al resto del bosque urbano; y determinadas ubicaciones que generen riesgos para la seguridad o el tránsito.

En cambio, la norma establece expresamente motivos que no justifican sacar un árbol.

No se podrá autorizar una erradicación simplemente porque el ejemplar tape carteles publicitarios o fachadas comerciales, pierda hojas o flores o provoque alergias estacionales, siempre que existan alternativas técnicas para conservarlo.

En situaciones excepcionales en las que exista riesgo inminente de caída y peligro para personas o bienes, las autoridades podrán realizar una poda preventiva o erradicación inmediata.

Por cada árbol erradicado habrá que plantar al menos tres

Otro de los cambios centrales está vinculado con la compensación ambiental. Cuando se autorice excepcionalmente una erradicación, deberá realizarse una plantación mínima de tres ejemplares por cada árbol extraído.

Incluso, la autoridad ambiental podrá exigir una cantidad mayor teniendo en cuenta factores como la edad, el tamaño y el valor ecológico del ejemplar eliminado.

Los municipios también deberán incorporar en sus planes de manejo metas anuales de reforestación que respeten ese piso de tres nuevos árboles por cada uno erradicado.

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