La Cámara de Diputado de Mendoza le dio media sanción al proyecto remitido por el Ejecutivo que busca endurecer las sanciones para los conductores alcoholizados modificando artículos de la Ley de Seguridad del Tránsito (9024) y del Código Contravencional. (9099).
La propuesta fue aprobada por unanimidad. Ahora será tratada en senadores para su aprobación definitiva.
“Tiene que ver con aumentar las penas y las multas para aquellos conductores que hayan consumido alcohol. Se ha hecho una categoría de tres tipos de multas de acuerdo a la gravedad de la situación”, explicó la Diputada Provincial Maricel Arriaga en contacto con F.M. Viñas.
“En la actualidad, en la Ley 9024 sancionada en 2017, tenemos una tolerancia hasta 0,5 de alcohol/litro de sangre. Lo que se busca es que a partir de esa medición permitida poder hacer una distinción de hasta 1 gramo donde se aumentará la pena procediendo a una inhabilitación de 30 días para el conductor habiendo multas onerosas que van desde los $36.000 hasta los $72.000 además de hacerse el retiro del vehículo”
“La sanción se acentúa cuando el conductor tenga, al momento del control, mayor de 1 gramos de alcohol por litro de sangre pasando a ser una sanción gravísima con multas de $48.000 a $108.000, el retiro del vehículo y la inhabilitación de 3 a 6 meses para conducir. Pasará a ser una infracción al Código de Faltas y por tanto, comienza para el conductor un proceso con intervención judicial.”, agregó la Diputada.
“Se trata de concientizar a la población sobre el consumo de alcohol al volante tratando de bajarlo en los conductores. No estamos de acuerdo con la tolerancia 0 porque no existe una investigación científica que avale que siniestros viales se hayan producido protagonizados por conductores con 0 a 0,5”, subrayó la legisladora.
Respecto a los fondos recaudados a partir de las sanciones económicas que se les realice a los conductores con estado de ebriedad acentuado, Maricel Arriaga destacó que “serán destinados al equipamiento de Policía Vial incluyendo mayores instrumentos para sus labores”.
“No se puede castigar a un conductor que tenga 0,1 ya que estamos en una provincia vitivinícola y segundo tampoco podemos garantizarle a las personas que la graduación tomada en los controles sea efectiva. Puede estar determinada por la calibración del aparato o por ejemplo hay personas que toman medicamentos que generan cierta graduación de alcohol en sangre”, resaltó respecto a la consideración que se debe tener de acuerdo a las situaciones particulares de cada usuario de la vía pública.
Mendoza es una provincia donde una de las bases económicas es la industria vitivinícola por excelencia y el turismo por lo que es aceptable asumir que el consumo de alcohol y el uso del mismo en diferentes comidas son condicionantes. Uno de los fundamentos de los sectores vitivinícolas se basó en lo anterior para posicionarse en contra de la posibilidad de bajar la tolerancia a 0.
Al respecto, Arriaga se pronunció: “Creo que las ventas no se verán perjudicadas ni el consumo del vino por eso se mantiene lo que actualmente dice la Ley por lo que no se ha modificado. Se escuchó a todos los sectores incluyendo al sector vitivinícola en el proceso de tratamiento del proyecto”. Asimismo indicó que es importante “concientizar sobre la siniestralidad que registra la provincia por lo que es el camino para evitar accidentes y situaciones trágicas”.
Los efectos del tratamiento de la Ley 9024 y la posterior media sanción ha generado en los controles realizados en los últimos 15 días se haya registrado la disminución en el número de conductores con graduación alcohólica. Si bien resta la media sanción de Senadores, la reglamentación y la publicación en el Boletín Oficial los conductores van tomando conciencia de la importancia de no consumir alcohol en exceso previo a conducir.
LAS CLAVES DEL PROYECTO
- Así como en la Ley Nº 9024 se legisla la retención de la licencia de conducir cuando hay disminución de las condiciones psicofísicas del conductor, se incorpora el caso de la conducción en el estado de intoxicación alcohólica prohibida por la ley en el artículo 1º de la propuesta.
- Se incorpora como falta grave en la Ley Nº 9024 la negativa por parte del conductor a someterse a la prueba de alcoholemia en los artículos 2º y 3º del proyecto.
- En el artículo 4º se aumenta considerablemente el mínimo y el máximo de la sanción de multa prevista para el caso del artículo 52 inc. 7 de la Ley Nº 9024, agregando la inhabilitación para conducir, siendo éste uno de los puntos neurálgico de la reforma.
- Además se incorpora la no restitución del vehículo a su propietario o legítimo usuario hasta que no se haya cumplido con la sanción correspondiente.
- En el artículo 7º se crea como tipo penal Contravencional la conducta de quien condujere un vehículo con una alcoholemia igual o superior a 1 gramo por litro de sangre haciéndolo pasible de la sanción de multa y/o arresto, y siempre de inhabilitación para conducir, pudiendo extenderse esta última hasta 1 año.

