El Gobierno provincial y el Poder Judicial están acelerando los tiempos para implementar de manera ágil y rápida los juicios por jurado popular. Según lo establece la ley, esta nueva modalidad de Juicios con Jurado, comenzará a regir a partir del 1 de enero del 2019.
Así lo manifestó el concejal del PJ-FPV Gustavo Vendramin quien brindó detalles acerca de esta nueva modalidad, la cual estará conformada por 12 ciudadanos argentinos o aquellos que tengan una residencia de 5 años en el país y que vivan en el territorio de la provincia en el plazo de 4 años. Deben tener entre 18 y 75 años, puede anotarse voluntariamente o la misma junta electoral de la provincia hará una lista de los que podrán participar.
Del mismo modo que ocurren en las películas, éstas 12 personas van a determinar en forma unánime la culpabilidad o no del imputado o procesado en un expediente penal y luego el Juez, ante la aplicación de culpabilidad, determinará la pena qué se le establece al imputado.
Estas personas van a escuchar el debate y luego deliberarán en forma secreta si es culpable o no depende, de acorde al veredicto que se dé.
La sentencia no es apelable y también se modifica el sistema jurídico que viene a utilizar qué es el sistema anglosajona, dónde en Estados Unidos e Inglaterra no es apelable y es muy importante que el Jurado dictamine en forma coherente asistiendo o no a la culpabilidad del imputado.
Esta es una ley provincial qué llevar tiempo de aplicación porque es una prueba piloto y debido a que no se está acostumbrado a este jurado popular, así que la idea es que los jurados populares tengan como objetivo acercarse a la Justicia con la gente, con la ciudadanía, ya que se hay una distancia importante entre el poder judicial y la justicia y la ciudadanía.
“Vamos a ver cómo funciona ésta nueva metodología. Hay algunos abogados que son bastante optimistas con que esto va a funcionar bien y hay otros como técnicos del derecho, jueces y abogados que creen que no va a tener un funcionamiento concreto y los resultados no van a ser buenos. Esto se podrá constatar cuando comience a funcionar. La ley establece su obligatoriedad a partir del 1 de enero del 2019 en los delitos tales como homicidios calificados, homicidio que son agravados. Si por ejemplo 11 personas están de acuerdo con que el imputado es culpable y 1 sostiene que es inocente, se realiza nuevamente la votación. Pero si no hay común acuerdo, el juez determina que el juicio está estancado y puede volver a llamar a un nuevo jurado para darle continuidad al mismo. La otra particularidad que tiene este tipo de sistema es que si hay mucha contradicción de votos entre éste jurados, se le dará la absolución al imputado, así lo establece la ley. En nuestro departamento hay un homicidio calificado cada un año aproximadamente por lo tanto no sería una práctica permanente, pero veremos como se desenvuelve en el resto de la provincia, concluyó Vendramin.
A.E
