El plazo para que los productores agrícolas pidan la solicitud de certificado de daño causados por lluvias se extendió hasta el 1 de septiembre de 2016. Se trata de las mermas en las cosecha derivadas de las intensas lluvias durante el ciclo agrícola 2015/2016. El registro del siniestro es obligatorio para recibir los beneficios que contempla la Ley de Emergencia Agropecuaria.

 

La certificación permite acceder a diferimientos o exenciones de pago del Impuesto Inmobiliario y Canon de Riego, diferimientos de créditos con entidades crediticias provinciales y nacionales, suspensión de juicios y procedimientos administrativos a nivel provincial y nacional, diferimiento de pago de impuestos nacionales, adhesión al Programa de Sostenimiento del Empleo, exención parcial o total de la elaboración de mosto (Fondo Vitivinícola) y beneficios derivados del Fondo Nacional de Emergencias Agropecuarias (FONEDA).

 

El registro para productores afectados por lluvias se abrió el pasado 7 de junio y se extendió por 30 días. En ese lapso solicitaron certificado por daños 1340 productores en toda la provincia.

 

La reciente prorroga fue establecida en el decreto 994-2016 y tiene como objetivo incluir a todos aquellos que no hayan realizado el trámite. Respecto de la documentación que deberán presentar, se mantienen lo acordado desde que se aprobó el beneficio.

 

Propiedades que posean sólo vid:

  • Certificado de RUT, inscripto al 30 de abril 2016.
  • Constancia de AFIP para certificar actividad económica principal como producción primaria.
  • CIU (Comprobante de Ingreso de Uva) de la temporada 15/16.

 

Propiedades con cultivos frutícolas, hortícolas u  olivícolas:

  • Certificado de RUT, inscripto al 30 de abril 2016.
  • Constancia de AFIP para certificar actividad económica principal como producción primaria.
  • Informe firmado por Contador Público Nacional matriculado, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo que detalle:
  • universo de la facturación correspondiente a la venta con detalle de valor y volumen de la producción de la temporada agrícola 2015/16
  • certificado de reducción superior al cincuenta por ciento (50%), respecto al volumen promedio obtenido de lo facturado en los cinco (5) mayores registros históricos, de los últimos diez (10) años.
  • facturas que avalen dicho informe.

 

Propiedades que combinen cultivos de vid  con hortalizas, olivos o frutales:

  • Certificado de RUT inscripto al 30 de abril 2016.
  • Constancia de AFIP para certificar actividad económica principal como producción primaria.
  • CIU (Comprobante de Ingreso de Uva) de la temporada 15/16.
  • Informe firmado por Contador Público Nacional matriculado, con firma certificada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas respectivo que detalle:
  • universo de la facturación correspondiente a la venta con detalle de valor y volumen de la producción de la temporada agrícola 2015/16
  • certificado de reducción superior al cincuenta por ciento (50%), respecto al volumen promedio obtenido de lo facturado en los cinco (5) mayores registros históricos, de los últimos diez (10) años.
  • facturas que avalen dicho informe.

 

El trámite de denuncia con la documentación correspondiente deberá realizarse únicamente  en las delegaciones de la Dirección de Agricultura y Contingencias Climáticas (DACC).

Delegación Norte: Bologne Sur Mer 3050, primer piso, Mendoza Capital. Teléfono 4413258/66.

Delegación Este:  Viamonte 1000, San Martín. Teléfono 0263 4420365.

Delegación Centro: San Martín 1900, Tunuyán. Teléfono 02622 423036.

Delegación Sur: Alsina 445, San Rafael. Teléfono 0260 4438052.

OFICINA GENERAL ALVEAR: Patricias Mendocinas 198. Teléfono 0261 156988982