{"id":52474,"date":"2019-05-14T09:39:35","date_gmt":"2019-05-14T12:39:35","guid":{"rendered":"http:\/\/vinasfm.com\/noticias\/?p=52474"},"modified":"2019-05-15T10:31:05","modified_gmt":"2019-05-15T13:31:05","slug":"pacifico-fue-duramente-sancionado-por-los-desmanes-generados-el-domingo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/pacifico-fue-duramente-sancionado-por-los-desmanes-generados-el-domingo\/","title":{"rendered":"PAC\u00cdFICO FUE DURAMENTE SANCIONADO POR LOS DESMANES GENERADOS EL DOMINGO"},"content":{"rendered":"<h4><strong>En las \u00faltimas horas trascendi\u00f3 la pena que deber\u00e1 purgar el Sport Club Pac\u00edfico gracias al accionar de un grup\u00fasculo de inadaptados que ingres\u00f3 al campo de juego en el que el Lobo se enfrentaba con Atl\u00e9tico San Mart\u00edn en el partido de vuelta.<\/strong><\/h4>\n<p>El hecho se consum\u00f3 en el 35\u2019 ST del partido de vuelta de la semifinal del <strong>Torneo Regional Federal Amateur <\/strong>cuando el chacarero convirti\u00f3 el segundo gol del partido contra un amedrentado elenco local. A posterior \u201chinchas\u201d del Lobo ingresaron al campo de juego con la sesgada intenci\u00f3n de agredir al \u00e1rbitro y\/o jugadores del conjunto del Este.<\/p>\n<p>El duro castigo comprende la <strong>suspensi\u00f3n por 4 meses<\/strong>, <strong>multa econ\u00f3mica<\/strong> y <strong>clausura del estadio por 3 fechas<\/strong>. \u00a0La sanci\u00f3n arriesga las posibilidades del albinegro de pugnar el t\u00edtulo 2019 de la liga local ya que s\u00f3lo tendr\u00eda chances de ganar el Clausura.<\/p>\n<h4 style=\"text-align: center;\">FALLO COMPLETO<\/h4>\n<h4><strong>REGIONAL AMATEUR 2019<\/strong><\/h4>\n<p><strong>Partido del 12\/05\/19 \u2013 Sport Club Pac\u00edfico (Gral. Alvear) vs Club Atl\u00e9tico San Mart\u00edn <\/strong><strong>(Mendoza).<\/strong><\/p>\n<p>Ciudad Aut\u00f3noma de Buenos Aires, 13 de Mayo de 2019.-<\/p>\n<h4><strong>VISTO:<\/strong><\/h4>\n<p>El informe del Sr. Guido Medina, \u00e1rbitro principal del encuentro disputado en fecha 12 de Mayo del a\u00f1o en curso, entre Sport Club Pac\u00edfico de la Liga Alvearense de F\u00fatbol vs Club Atl\u00e9tico San Mart\u00edn de la Liga Mendocina de F\u00fatbol, el cual expresa que: \u201c\u2026cuando transcurr\u00edan 81 minutos de juego, el p\u00fablico local ingres\u00f3 al terreno de juego (invasi\u00f3n del terreno). Consultado al jefe del operativo policial (Comisario Modesto Bravo, Leg. N\u00b0 22047557) si me daba las garant\u00edas de seguridad, me manifiesta que la baranda perimetral estaba rota detr\u00e1s del arco y que no daba las garant\u00edas necesarias para continuar, por ello se suspende a los 81 minutos de juego con el marcador siguientes: Pac\u00edfico 0 (cero), San Mart\u00edn 2 (dos)&#8230;\u201d; y<\/p>\n<h4><strong>CONSIDERANDO:<\/strong><\/h4>\n<p>Que mediante nota el<strong> Tribunal de Disciplina<\/strong> corri\u00f3 traslado del citado informe a la Liga Alvearense de F\u00fatbol, con la finalidad de que esta notificara a la instituci\u00f3n Sport Club Pac\u00edfico, para que proceda a realizar su respectivo descargo en ejercicio de su derecho de defensa en los autos del rubro.<\/p>\n<p>Que de las constancias referenciadas, principalmente del informe arbitral, el que para este Tribunal constituye semiplena prueba de los hechos que el mismo relata, surge claramente que los eventos que provocaron la suspensi\u00f3n del partido, se encuentran en la exclusiva esfera de responsabilidad del club local, por lo que esta Instituci\u00f3n, a trav\u00e9s de la conducta de sus simpatizantes, han provocado hechos re\u00f1idos con las normas que rigen la actividad y deben ser sancionados en consecuencia.-<\/p>\n<p>Por lo dem\u00e1s, la ausencia de descargo alguno por parte de esta Instituci\u00f3n deja inc\u00f3lumes las constancias emanadas del informe arbitral, que como ya se dijo \u201cutsupra\u201d hace plena fe en s\u00ed mismo, y le brinda a este Tribunal la posibilidad de fallar bas\u00e1ndose en la causaci\u00f3n y relaci\u00f3n de hechos plasmados en el mismo.-<\/p>\n<p>Que resulta carga para el acusado por el principio de la inversi\u00f3n de la carga probatoria traer al expediente prueba directa que contradiga dicho informe, lo que en modo alguno sucedi\u00f3 en el particular.-<\/p>\n<p>Por lo dem\u00e1s, la ausencia de descargo alguno por parte de sport Club Pac\u00edfico, deja inc\u00f3lumes las constancias emanadas del informe arbitral, que como ya se dijo \u201cutsupra\u201d hace plena fe en s\u00ed mismo, y le brinda a este Tribunal la posibilidad de fallar bas\u00e1ndose en la causaci\u00f3n y relaci\u00f3n de hechos plasmados en el mismo.-<\/p>\n<p><strong>RESULTANDO:<\/strong><\/p>\n<p>Con los elementos colectados en el expediente se acredita fehacientemente la plena responsabilidad del club Pac\u00edfico en los hechos contrarios a las normas reglamentarias y de convivencia a que est\u00e1n obligadas todas las personas que concurren a un espect\u00e1culo deportivo. La responsabilidad por los hechos denunciados se enmarca en lo dispuesto en el art\u00edculo 90 segundo y tercer p\u00e1rrafo del Reglamento de Transgresiones y Penas del Consejo Federal de F\u00fatbol.<\/p>\n<p>Ello no obstante, este Tribunal en uso de facultades que le son propias y que dimanan del art. 33 del RTP, y siguiendo la tendencia que hace uso de la tecnolog\u00eda para la toma de decisiones, ha analizado un video de los sucesos bajo examen, donde se advierte que por la apertura forzada del alambrado perimetral detr\u00e1s del arco, simpatizantes del club local invadieron el campo de juego e intentaron agredir a los jugadores de la visita, por lo cual todo el equipo de San Mart\u00edn debi\u00f3 marcharse raudamente al vestuario, no sin antes pasar momentos de dramatismo en el ingreso al t\u00fanel, atento a que uno de los violentos que -por la indumentaria que luc\u00eda el individuo en cuesti\u00f3n, camiseta con el dorsal n\u00famero 9- se trataba de un hincha del club local, quien con un elemento contundente (palo o hierro) en su mano, quiso pegarle a quien encontrara cerca suyo.<\/p>\n<p>Acreditada la plena responsabilidad objetiva de la instituci\u00f3n Sport Club Pac\u00edfico, por aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 32, 33 y concordantes del RTP del Consejo Federal, en los hechos que provocaron la suspensi\u00f3n del partido con su similar Club Atl\u00e9tico San Mart\u00edn, debe encuadrarse su conducta en las previsiones del Art. 106 Inc. g del RTP, lo que trae aparejada la clausura de su cancha por 3 fechas (art. 287 inc. 1\u00ba de dicho Digesto).-<\/p>\n<p>Decretar la finalizaci\u00f3n del partido en cuesti\u00f3n, con los siguientes resultados: Sport Club Pac\u00edfico 0 (cero gol) vs Club Atl\u00e9tico San Mart\u00edn 2 (dos goles), Arts. 106 g y 152 del RTP.-<\/p>\n<p>Asimismo, suspender por cuatro (4) meses a Sport Club Pac\u00edfico de Gral. Alvear \u2013Mendoza-, pena que deber\u00e1 cumplir ineludiblemente, desde su aplicaci\u00f3n y por el t\u00e9rmino de la misma en todos los \u00e1mbitos en los que act\u00fae (Art. 72 inc. 2, apartado c, del Reglamento del Torneo Regional Federal Amateur 2019).<\/p>\n<p>Disponer su p\u00e9rdida de categor\u00eda y aplicarle una multa de v.e. 150 por seis fechas, por los sucesos acaecidos en su (arts. 32, 33, 80, 82 ,117 y 118 del RTP ).-<\/p>\n<p>Por lo expuesto Por ello, el Tribunal de Disciplina Deportiva del Interior,<\/p>\n<p><strong>RESUELVE:<\/strong><\/p>\n<p>1\u00b0) Considerar responsable de los incidentes ocurridos en el estadio de Sport Club Pac\u00edfico (Gral. Alvear, Mendoza), y dar por finalizado el partido celebrado en fecha 12 de Mayo del a\u00f1o 2019 por el Torneo Regional Federal Amateur, con el siguiente resultado: Sport Club Pac\u00edfico 0 (cero gol) vs Club Atl\u00e9tico San Mart\u00edn 2 (dos goles) &#8211; Arts. 106 inc. g y 152 del RTP.-<\/p>\n<p>2\u00b0) Por las razones y motivos expuestos en los \u201cResultandos\u201d del presente fallo, suspender por cuatro (4) meses a Sport Club Pac\u00edfico de Gral. Alvear &#8211; Mendoza, pena que deber\u00e1 cumplir ineludiblemente, desde su aplicaci\u00f3n y por el t\u00e9rmino de la misma en todos los \u00e1mbitos en los que act\u00fae (Art. 72 inc. 2, apartado c, del Reglamento del Torneo Regional Federal Amateur 2019)<\/p>\n<p>3\u00b0) Disponer su p\u00e9rdida de categor\u00eda y aplicarle una multa de v.e. 150 por seis fechas, por los sucesos acaecidos en su (arts. 32, 33, 80, 82, 117 y 118 del RTP).-<\/p>\n<p>4\u00b0) Aplicar una suspensi\u00f3n de tres (3) fechas al estadio Sport Club Pac\u00edfico, debiendo el Consejo Federal evaluar la futura programaci\u00f3n de cotejos de torneos por \u00e9l organizados en dicho Estadio (art. 287 del RTP).-<\/p>\n<p>5\u00b0) Comun\u00edquese, publ\u00edquese y arch\u00edvese.-<\/p>\n<p>MIEMBROS PRESENTES: Dr. Antonio Raed; y Dr. Pablo Iparraguirre<\/p>\n<h5><em>F.B. (Redacci\u00f3n F.M. Vi\u00f1as).<\/em><\/h5>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En las \u00faltimas horas trascendi\u00f3 la pena que deber\u00e1 purgar el Sport Club Pac\u00edfico gracias al accionar de un grup\u00fasculo de &#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":52413,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5],"tags":[],"class_list":["post-52474","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52474","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=52474"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52474\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":52478,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/52474\/revisions\/52478"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media\/52413"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=52474"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=52474"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=52474"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}