{"id":47395,"date":"2019-01-31T06:05:15","date_gmt":"2019-01-31T09:05:15","guid":{"rendered":"http:\/\/vinasfm.com\/noticias\/?p=47395"},"modified":"2019-02-01T10:33:14","modified_gmt":"2019-02-01T13:33:14","slug":"afip-que-hacer-para-pagar-menos-y-hasta-cuando-hay-tiempo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/afip-que-hacer-para-pagar-menos-y-hasta-cuando-hay-tiempo\/","title":{"rendered":"AFIP: QU\u00c9 HACER PARA PAGAR MENOS Y HASTA CU\u00c1NDO HAY TIEMPO"},"content":{"rendered":"<p><strong>Todos los empleados y jubilados\u00a0que estuvieron afectados por la retenci\u00f3n del Impuesto a las Ganancias durante el a\u00f1o pasado\u00a0tienen tiempo\u00a0<\/strong><strong>hasta el 31 de marzo<\/strong><strong>\u00a0de agregar la informaci\u00f3n de las deducciones anuales y de actualizar los datos que pudieron agregar, mes a mes, durante todo el 2018, con el objetivo que esas deducciones se descuenten del impuesto y terminar pagando menos.<\/strong><\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, podr\u00e1n agregar los ingresos que se omitieron declarar al agente de retenci\u00f3n, por otros empleos en relaci\u00f3n de dependencia o por jubilaci\u00f3n y pensi\u00f3n. De esta forma, la correcci\u00f3n final la har\u00e1 el empleador que act\u00faa como agente de retenci\u00f3n, quien ser\u00e1<strong>\u00a0el que reintegre o retenga la diferencia del tributo<\/strong>, con los sueldos que pague en el mes de\u00a0<strong>mayo.<\/strong><\/p>\n<p>Los datos se dan desde la p\u00e1gina Web de la AFIP, ingresando\u00a0<strong>con clave fiscal y el n\u00famero de CUIL del empleado<\/strong>. En la p\u00e1gina hay que trabajar sobre el<strong>a\u00f1o fiscal 2018<\/strong>; para los que a\u00fan no lo hicieron, previamente tienen que brindar la direcci\u00f3n de correo electr\u00f3nico y un n\u00famero de tel\u00e9fono, adem\u00e1s de constituir el domicilio fiscal electr\u00f3nico. El ingreso de la informaci\u00f3n se da desde el servicio denominado\u00a0<strong>\u201cSIRADIG \u2013 TRABAJADOR\u201d<\/strong>, que funciona desde la p\u00e1gina Web de la AFIP.<\/p>\n<h4><strong>CU\u00c1L ES LA INFORMACI\u00d3N ANUAL<\/strong><\/h4>\n<p>La informaci\u00f3n anual, que no se pudo agregar durante el a\u00f1o pasado, corresponde a los siguientes conceptos:<\/p>\n<ol>\n<li>Honorarios pagados correspondientes a los<strong>servicios de asistencia sanitaria<\/strong>, m\u00e9dica y param\u00e9dica, por ejemplo:<\/li>\n<\/ol>\n<p>\u2013 Hospitalizaci\u00f3n en cl\u00ednicas, sanatorios y establecimientos similares.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0Prestaciones accesorias de la hospitalizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0Servicios prestados por los m\u00e9dicos en todas sus especialidades.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0Servicios prestados por los bioqu\u00edmicos, odont\u00f3logos, kinesi\u00f3logos, fonoaudi\u00f3logos, psic\u00f3logos, etc.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0Servicios prestados por los t\u00e9cnicos auxiliares de la medicina.<\/p>\n<p>\u2013\u00a0Todos los dem\u00e1s servicios relacionados con la asistencia, incluyendo el transporte de heridos y enfermos en ambulancias o veh\u00edculos especiales.<\/p>\n<p>Se podr\u00e1 descontar\u00a0<strong>hasta el 40%<\/strong>\u00a0del importe total pagado en el a\u00f1o, por todos esos conceptos para la atenci\u00f3n m\u00e9dica del propio empleado y la de sus familiares que est\u00e1n a cargo que se deducen en este r\u00e9gimen de retenci\u00f3n. No se podr\u00e1n deducir los importes que luego de abonados<strong>\u00a0fueron reintegrados por las obras sociales<\/strong>. Se descuentan los coseguros abonados,<strong>\u00a0los medicamentos y las pr\u00f3tesis \u00fanicamente si fueron suministrados conjuntamente con la prestaci\u00f3n del servicio m\u00e9dico<\/strong>. Por ejemplo, un medicamento aplicado en el momento de la atenci\u00f3n m\u00e9dica se puede descontar,\u00a0<strong>no as\u00ed el que fue recetado<\/strong>\u00a0para luego comprar en la farmacia.<\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>El 33% del impuesto al cheque que los bancos le retuvieron al empleado durante todo el a\u00f1o 2018<\/strong>. Las cuentas sueldos no sufren este impuesto, pero generalmente los bancos ofrecen cuentas corrientes dentro del paquete de la cuenta sueldos. Si se usaron en el a\u00f1o y hubo retenciones del impuesto al cheque ese porcentaje autorizado se podr\u00e1 informar para que lo reintegre el empleador en mayo.\u00a0<strong>No se podr\u00e1 recuperar por este r\u00e9gimen de retenci\u00f3n el cr\u00e9dito de impuesto si el empleado tambi\u00e9n realiza tareas aut\u00f3nomas\u00a0<\/strong>que requieren la inscripci\u00f3n en la AFIP.<\/li>\n<\/ol>\n<h4><strong>QU\u00c9 RUBROS DE GASTOS HAY QUE REVISAR<\/strong><\/h4>\n<p>Son los que debieron informarse mensualmente durante el 2018, si no se dieron esos datos se pueden dar hasta el 31 de marzo y se aplican retroactivamente:<\/p>\n<ol>\n<li>Importes que se destinen a\u00a0<strong>cuotas o abonos a instituciones que presten cobertura m\u00e9dico asistencial<\/strong>, correspondientes al beneficiario y a los v\u00ednculos familiares que el empleado deduce en la retenci\u00f3n. Corresponde a las cuotas de prepaga, servicios de emergencias, etc.<\/li>\n<li>Sumas abonadas por\u00a0<strong>primas de seguros para casos de muerte<\/strong>. Los gastos de sepelio del contribuyente o de personas que deduce el empleado, en la medida que no fueron reintegradas. Por cada uno de estos conceptos el\u00a0<strong>tope anual de deducci\u00f3n es de $ 996,23.<\/strong><\/li>\n<li>Para el caso de\u00a0<strong>corredores y viajantes de comercio, los gastos de movilidad y vi\u00e1ticos<\/strong>, en funci\u00f3n de los valores de la tabla que aprob\u00f3 la AFIP. Cuando utilicen auto propio la amortizaci\u00f3n impositiva anual del rodado<\/li>\n<li>Donaciones al fisco nacional, provincial y municipal y a las entidades que fueron reconocidas como exentas por la AFIP.<\/li>\n<li>El 40% de las sumas pagadas en concepto de\u00a0<strong>alquileres de inmuebles destinados a casa habitaci\u00f3n del trabajador,<\/strong>hasta el l\u00edmite anual de $ 66.917,91. La condici\u00f3n que se pone es que el empleado\u00a0<strong>no sea titular de ning\u00fan inmueble<\/strong>, cualquiera sea la proporci\u00f3n. A efectos del c\u00f3mputo de esta deducci\u00f3n es requisito necesario que el monto de los alquileres abonados se encuentre respaldado mediante la emisi\u00f3n de\u00a0<strong>una factura o documento equivalente\u00a0<\/strong>por parte del locador del inmueble. Asimismo, el empleado tiene que enviar, por Internet, una copia del contrato de alquiler a la AFIP, en formato Pdf.<\/li>\n<li>Intereses correspondientes a cr\u00e9ditos hipotecarios otorgados por la compra o construcci\u00f3n de inmuebles destinados a la casa habitaci\u00f3n,\u00a0<strong>hasta el importe de $ 20.000 anuale<\/strong> De la cuota del pr\u00e9stamo \u00fanicamente se deduce la parte del inter\u00e9s puro.<\/li>\n<li>Aportes al capital social o al fondo de riesgo efectuado por los socios protectores de sociedades de garant\u00eda rec\u00edproca. Esta deducci\u00f3n no tiene limitaci\u00f3n, \u00fanicamente se exige que el aporte se mantenga por dos a\u00f1os depositado.<\/li>\n<li>Importes abonados a los<strong>trabajadores de casas particulares,<\/strong>\u00a0en concepto de contraprestaci\u00f3n por sus servicios, contribuciones patronales y cuota obligatoria del Seguro de Riesgo de Trabajo.\u00a0<strong>El tope anual es de $ 66.917,91<\/strong>. El pago de las cargas sociales y el alta de la persona que presta el servicio dom\u00e9stico tiene que estar a nombre del empleado.<\/li>\n<li>Aportes efectuados a Cajas Complementarias de Previsi\u00f3n, Fondos Compensadores de Previsi\u00f3n o similares, creados por leyes nacionales, provinciales o municipales, Convenciones Colectivas de Trabajo o Convenios de Corresponsabilidad Gremial y todo otro aporte destinado a la obtenci\u00f3n de un beneficio que guarde identidad con una prestaci\u00f3n de \u00edndole previsional\u00a0<strong>que tenga car\u00e1cter obligatorio<\/strong>para el beneficiario de las rentas.<\/li>\n<li>Gastos de movilidad y\u00a0<strong>vi\u00e1ticos abonados por el empleador<\/strong>, en los importes que fije el Convenio Colectivo de Trabajo correspondiente a la actividad de que se trate o -de no estar estipulados por convenio- los efectivamente liquidados de acuerdo con la documentaci\u00f3n que lo acredite, y hasta un m\u00e1ximo de $ 26.767,16.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Para el 2019, se agrega la posibilidad de deducir\u00a0<strong>hasta $ 12.000 correspondiente a los seguros de retiro privados contratados en el pa\u00eds.<\/strong><\/p>\n<h4><strong>V\u00cdNCULOS FAMILIARES<\/strong><\/h4>\n<p>La ley de Ganancias permite descontar\u00a0<strong>s\u00f3lo dos v\u00ednculos familiares<\/strong>, en la medida que se encuentren a cargo del empleado, de que hayan residido m\u00e1s de seis meses en el pa\u00eds durante el a\u00f1o 2018 y que no posean ingresos anuales, de ning\u00fan tipo, superiores a $ 66.917,91:<\/p>\n<p><strong>* C\u00f3nyuge<\/strong>: s\u00f3lo se permite v\u00ednculo legal, no se habilita la deducci\u00f3n de concubina\/o o conviviente.<\/p>\n<p><strong>* Hijos e hijastros<\/strong>\u00a0menores de 18 a\u00f1os, o mayores incapacitados para el trabajo. Desde el 2018, esta deducci\u00f3n podr\u00e1 computarla quien posea la responsabilidad parental, en los t\u00e9rminos del C\u00f3digo Civil y Comercial. Cuando es ejercida por los 2 progenitores y ambos perciben ganancias imponibles, cada uno podr\u00e1 computar\u00a0<strong>el 50% del importe de la deducci\u00f3n\u00a0<\/strong>o uno de ellos el 100% de dicho importe. Esta medida sali\u00f3 durante el a\u00f1o pasado, los que no hicieron el ajuste deber\u00e1n hacerlo hasta el 31 de marzo.<\/p>\n<p>F.B.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Todos los empleados y jubilados\u00a0que estuvieron afectados por la retenci\u00f3n del Impuesto a las Ganancias durante el a\u00f1o pasado\u00a0tienen tiempo\u00a0hasta el &#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":5,"featured_media":17092,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[5,16],"tags":[],"class_list":["post-47395","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad","category-economia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47395","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/users\/5"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=47395"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47395\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":47396,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/47395\/revisions\/47396"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media\/17092"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=47395"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=47395"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/vinasfm.com\/noticias\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=47395"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}