De esta manera, ordena a las provincias involucradas que, junto con el Estado nacional, determinen las acciones u obras de infraestructura necesarias para alcanzar el caudal mínimo permanente fijado.

Hoy la CSJN hizo lugar a los argumentos mendocinos en la sentencia que dictó sobre el juicio de La Pampa por el río Atuel, disponiendo que el caudal establecido deberá alcanzarse con obras financiadas de común acuerdo.

(Rodolfo Suárez)

Este jueves, la Corte Suprema de Justicia de la Nación informó que se fijó un caudal mínimo permanente del río Atuel de 3,2 m3/s en el límite entre La Pampa y Mendoza, tal como lo propuso la provincia que gobierna Rodolfo Suarez.

De esta manera, la sentencia da lugar a los argumentos propuestos por la Provincia de Mendoza, tal como lo recomendó el Instituto Nacional del Agua (INA) para garantizar el correspondiente caudal del río Atuel.

En este sentido, el Tribunal recordó que el punto de partida del presente conflicto “deviene de la disminución de la oferta y, a su vez, del aumento de la demanda de agua del río Atuel”. Y añaden que “ese recurso debía también ser destinado a la conservación del ecosistema interprovincial, para que mantenga su sustentabilidad, todo ello sin perder de vista el interés de las generaciones futuras, cuyo derecho a gozar del ambiente está protegido por el derecho vigente”.

Finalmente, la Corte Suprema resolvió instar a las provincias de La Pampa y Mendoza al fortalecimiento institucional del organismo de cuenca, integrando al Estado nacional, a cuyo fin deberán considerar la propuesta realizada por la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica de la Nación para la conformación de la Comisión Interjurisdiccional del Río Atuel (CIRA), en remplazo de la actual Comisión.

Fallo de la Corte Suprema de la Nación

F.B.