Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el decreto que extiende la flexibilización de las restricciones horarias en Mendoza, en medio de la pandemia de coronavirus.

«Dispóngase en el marco del estado de ‘alerta sanitaria’…, la restricción de la circulación de personas en el ámbito territorial de la Provincia de Mendoza, entre las 01.30 y las 05.30 horas de cada día», señala el artículo 1 del decreto 1.015.

Esta medida se tomó durante la Semana del Amigo y, como informó el pasado viernes el gobierno provincial, se mantendrá «mientras se mantenga estable» la situación epidemiológica en la provincia.

Hay que recordar que originalmente el alerta sanitaria se extendía durante seis horas, desde las 23.30 hasta las 5.30 del día siguiente. Luego se fue flexibilizando esa medida: primero la prohibición de circulación se recortó una hora, iniciando a las 0.30; y la semana pasada se dispuso que comenzara a la 1.30.

«La situación sanitaria requiere que sigamos trabajando juntos, reforzando las medidas individuales de cuidado con una visión colectiva. Por ello, el Gobierno provincial hace hincapié en que la responsabilidad ciudadana y el apego al cumplimiento de las medidas serán determinantes para que el resultado del esfuerzo colectivo realizado sea efectivo», señaló un comunicado oficial.

«Se recuerda que del cumplimiento de las medidas depende que puedan continuar las clases presenciales y la economía siga funcionando para cuidar el empleo y proteger la extraordinaria labor de todo el personal sanitario de la provincia», agregó el texto difundido por la gobernación.

En tanto, también se dispuso que se seguirá permitiendo la asistencia de público en los deportes amateurs que se practiquen al aire libre.

•F.B.