En febrero entró en vigencia la Ley 9001, que legisla sobre el Código de Procedimientos Civil y Tributario. En Irrigación se llevó a cabo una reunión para actualizar a todos los profesionales involucrados en el sector Apremios, para ponerlos en conocimiento sobre los nuevos cambios que se avecinan.

“La nueva ley incorpora modificaciones sustanciales respecto del Código de Procedimiento anterior y el Código Fiscal por el cual nos regíamos. Elimina etapas o las cambia de lugar. Por ello, tendremos que realizar cambios del sistema informático previendo mantener lo que teníamos, ya que las causas anteriores al 1 de febrero de 2018 se seguirán rigiendo por el código anterior, y adaptarnos a la nueva realidad para las nuevas causas”, aseguró Humberto Miranda, jefe de la División Verificación y Créditos y asesor de Apremio.

“En esta reunión, capacitamos y pusimos en conocimiento a recaudadores sobre los cambios que tendrá la nueva ley. Les explicamos el proceso: ahora habrá una sentencia de un juez antes que se dé posibilidad de defensa”. Antes se les notificaba a los deudores con una boleta administrativa y, si no pagaban, se les iniciaba la demanda. Luego se les notificaba el mandamiento de embargo e inhibición y se les daba derecho a defensa en un plazo de seis días y luego se procedía a la condena.

“Ahora, con la boleta de deuda, Irrigación inicia la demanda y el juez la revisa, verifica que no tenga errores y que esté bien realizada la notificación y dicta una sentencia en un plazo de cinco días, se agiliza el procedimiento. El regante tiene un plazo de cinco días para poner defensa. Si no lo hace, se termina el juicio y la parte que demanda puede avanzar y continuar con el procedimiento, rematar o inhibir o lo que se realiza habitualmente”, sostuvo Miranda.

A.C