Desde el Bloque Justicialista-FPV impulsan un proyecto de ordenanza para autorizar al Departamento Ejecutivo a regularizar y eliminar toda deuda provisional que tengan los trabajadores municipales que hayan cumplido la edad mínima para jubilarse, con el objetivo de que puedan recibir el cobro sin descuentos.

 

Debido que para acceder a la moratoria establecida por la Ley implica el pago de una cuota deducible de la jubilación, y esto impacta sobre los ingresos netos del jubilado. Desde el Honorable Concejo Deliberante los ediles Justicialistas buscan que la municipalidad pueda beneficiar a aquellos agentes municipales que han cumplido la edad jubilatoria y no han podido acceder al beneficio por no cumplir con el mínimo de años de aportes requeridos. Generando esta herramienta que permita garantizar los derechos de los trabajadores del estado municipal.

 

El proyecto ingresó tomando estado parlamentario durante la última sesión ordinaria el pasado jueves 14 de mayo y ahora se tratará en comisión de legislación para analizar su aprobación junto al resto de los ediles que conforman el Honorable Concejo Deliberante.

 

Basados en la Ley N° 26970, la cual establece un régimen de regularización de deudas previsionales para trabajadores que hayan cumplido la edad mínima de 60 años en el caso de mujeres y 65 en el caso de hombres y que no cuenten con los aportes necesarios para acceder a la jubilación. Según lo establecido en el art. 2° de la Resolución Conjunta General N° 3673 y 533/2014, de la AFIP y la Administración Nacional de la Seguridad Social, se establece que el plazo de dos (2) años previstos por la Ley N° 26970, para adherir al régimen especial de regularización finalizará el día 18 de setiembre de 2016, inclusive.

 

Los Concejales plantean en su proyecto que es necesario generar esta herramienta para que el pago de deudas previsionales no impacte sobre los ingresos futuros de los jubilados de la planta municipal, y garanticen la equidad y universalidad en el acceso a la jubilación.

 

En su articulado la ordenanza propone la autorización al departamento ejecutivo municipal, a cancelar los importes que en concepto de regularización de deudas previsionales, en el marco de lo establecido por lay 26970, deberían abonar los agentes municipales que hubieran alcanzado la edad mínima para acceder al beneficio jubilatorio y decidan incorporarse a dicho régimen.

 

Esta ordenanza si se aprueba, será de carácter obligatorio para los agentes que hayan cumplido la edad establecida, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 19 de la Ley24.241.