Entre los puntos más importantes del documento, se emplaza a todos los organismos del Estado a regularizar la situación en un mes y además destaca que los saldos presupuestarios se destinarán a reforzar los cargos solicitados para el fuero de familia.

El jueves al mediodía, Rodolfo Suarez, presentó en la Cámara de Senadores el proyecto de ley que anunció el martes vía twitter, sobre la prohibición de equiparación de cargos y/o retribuciones al personal del Estado provincial.

“Como es de conocimiento, ha tomado estado público recientemente la situación de un grupo de empleados que se han visto beneficiados con la inclusión en un régimen salarial que difiere de las tareas que efectivamente desarrollan”, señala el proyecto.

Además, el texto suma: “Con el afán de terminar con situaciones irregulares en el seno del Estado -que no hacen más que alejar a la ciudadanía del ámbito natural de su representación-, se impone la necesidad de profundizar los procesos de transformación para avanzar hacia un modelo estatal eficiente, donde los recursos de los contribuyentes se traduzcan en más y mejores servicios, al menor costo posible”.

El proyecto de ley señala: “Establécese que ninguna norma o disposición podrá equiparar retribuciones por funciones y/o tareas distintas a las efectivamente prestadas por funcionario, empleado o contratado, bajo cualquier modalidad, que preste servicios en el ámbito del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, abarcando la Administración Pública Central Provincial, incluyendo sus reparticiones centralizadas, descentralizadas o autárquicas, cuentas especiales o sociedades del Estado o con participación estatal mayoritaria”.

En un mes, todos los organismos del Estado deberán regularizar la situación 

Suprímanse los cargos equiparados a magistrados en el Poder Judicial de la Provincia, con excepción de los funcionarios incluidos en Planilla Anexa N° 2-A de la Ley N° 4322, y siempre que hayan estado cumpliendo las funciones jurisdiccionales allí descriptas al 1 de febrero de 2020. En un plazo máximo de 30 días a partir de la publicación de la presente, todos los organismos del Estado descriptos en el artículo 1º, deberán adecuar las situaciones irregulares existentes a lo dispuesto en el mismo, por imperio de esta ley”, agrega el documento.

Por otro lado, señala: “Autorícese a la Suprema Corte de Justicia de la Provincia a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de aplicar la presente ley, debiendo cumplir lo ordenado en el plazo de 30 días desde su publicación”.

Objetivo: que el ahorro de los salarios se destine a reforzar el fuero de Familia

La acordada de la Suprema Corte de Justicia, con fecha del 17 de febrero, reveló que el fuero de Familia se encuentra colapsado. Por ende, el presidente del máximo tribunal, Jorge Nanclares, planteó el traspaso de 60 personas del fuero Civil y la autorización del nombramiento de 10 nuevos jueces de Familia.

Es por ello que el proyecto establece: “Determínese que, en el plazo de 60 días de publicada la presente, la Suprema Corte de la Provincia de Mendoza deberá informar al Poder Ejecutivo los saldos presupuestarios de los ajustes realizados, a fin de que los mismos sean aplicados para reforzar los recursos humanos necesarios para la adecuada prestación del servicio de justicia en el fuero de familia, todo ello mediante el procedimiento legal pertinente”.

No pueden haber derechos adquiridos

Esta mañana, el Gobernador se refería al proyecto de ley de la siguiente manera: “Disponemos que en todo el ámbito del Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y organismos descentralizados no se pueda hacer asimilación de cargos. Es decir que, si una persona trabaja como secretaria privada y se desempeña como tal, debe cobrar como el resto de las secretarias privadas”.

Continuando con la explicación, afirmó: “El proyecto prohíbe esta práctica y emplaza en 30 días a todos los organismos que tengan estas asimilaciones a que cesen en las mismas por imperio de la ley, es decir que, al ser ilegal e ilegítima, no puede haber derechos adquiridos”.

Ante el planteo de inconstitucionalidad que puedan presentar los empleados que gozan de la asimilación de cargos, Suarez explicó: “Los actos jurídicos del Estado deben ser legales y legítimos y esto es ilegal por donde se lo mire. Porque cuando uno cobra menos por una labor que tiene que cobrar más, puede recurrir a la Justicia, eso es un principio básico no solamente del Estado sino también de la actividad privada”.

Para descargar el proyecto de ley completo, hacer clic aquí.

A.C.